El pasado jueves 17 de Enero del 2019, el doctor Martín Mejorada comentó respecto al “Plazo para defender el bien conyugal”. Así, se basa en la reciente sentencia expedida en la Casación 4989-2017, la cual resuelve que la demanda de “ineficacia” planteada por un cónyuge contra la compraventa celebrada sin su intervención, de un bien de la sociedad de gananciales, no está sometida al plazo de prescripción de 2 años previsto en el artículo 2001 inciso 4 de nuestro Código Civil. De este modo, según menciona el doctora Martín Mejorada, no se menciona cuál es el plazo correcto, aunque el fundamento singular advierte que es de un periodo de 10 años.
Ante ello, según el doctor en mención se pueden desprender 3 supuestos. En primer lugar, en los casos en los que se realiza una venta, en las cuales se ha presentado como vendedores a ambos esposos, pero solo suscribió el contrato uno de ellos. De este modo, se puede apreciar que el acto es nulo por falta de manifestación de voluntad de aquella persona quien no suscribió el contrato, según lo previsto en el artículo 2001 inciso 1 del Código Civil.
En segundo lugar, en los casos en los que el vendedor se atribuye la representación de su pareja, cuando en realidad no la tenía. Así, en este caso, este acto sería “ineficaz”, según la denominación del artículo 161 del Código.
Por último, se encuentra los casos en los que el vendedor se identificó como único propietario, omitiendo por completo al otro dueño, o mencionándolo como ajeno al dominio. Así, en el presente caso nos encontramos ante un acto “ineficaz”, ya que la motivación por imputar el vicio se origina cuando el acto irregular genera una inscripción en los Registros Públicos, la ocupación indebida del bien, o una pretendida disminución en la masa al momento de liquidar la sociedad.
Ante lo mencionado, el doctor Martín Mejorada establece que en los presentes casos no se está frente a una evasión del plazo, sino ante la precisión de cuándo es necesario que se declare el vicio de un acto como paso previo para lograr otros efectos.
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